MODELO | PLAZO DOMICILIACIÓN BANCARIA AÑO 2025 | VENCIMIENTO PLAZO DE PRESENTACIÓN AÑO 2025 |
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Modelos 100, 151 y 714 | Hasta 25 de junio | Hasta 30 de junio |
Modelo 102 | Hasta 30 de septiembre (para contribuyentes que hayan domiciliado el primer plazo) | Hasta 5 de noviembre |
Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre
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Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230 y 430 | Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de cada mes para todos los meses, excepto:
El mes de julio del modelo 430, hasta el 17 de septiembre | Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 20 de cada mes, excepto:
El mes de julio del modelo 430, hasta el 22 de septiembre |
Modelos 130 y 131 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero y del 1 al 15 de abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 30 de enero y del 1 al 20 de abril, julio y octubre
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Modelo 136 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero abril, julio y octubre
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Modelos 200, 206, 220 y 221 | 1 al 22 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural) | 1 al 25 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural) |
Modelos 202-0A y 222-0A (País Vasco) | 1 al 22 de octubre | 1 al 27 de octubre |
Modelos 202-2P y 222-2P (Navarra) | 1 al 15 de octubre | 1 al 20 de octubre |
Modelos 202 y 222 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de abril, octubre y diciembre Pagos fraccionados
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre Pagos fraccionados
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Modelo 210 Autoliquidaciones con resultado a ingresar (excepto ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles) | Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre en relación con las rentas cuya fecha de devengo esté comprendida en el trimestre natural anterior
Obligación anual Rentas de arrendamiento de inmuebles 2024 (si se opta por agrupar anualmente las rentas devegadas durante el año natural): 1 al 15 de enero Rentas imputadas de inmuebles urbanos 2024 1 de enero hasta al 26 de diciembre de 2025 | Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre en relación con las rentas cuya fecha de devengo esté comprendida en el trimestre natural anterior
Obligación anual Rentas de arrendamiento de inmuebles 2024 (si se opta por agrupar anualmente las rentas devengadas durante el año natural): 1 al 20 de enero Rentas imputadas de inmuebles urbanos 2024 1 de enero hasta al 31 de diciembre de 2025 |
Modelo 213 | Gravamen especial 2024 1 al 28 de enero | Gravamen especial 2024 1 al 31 de enero |
Modelos 303 y 353 | Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de cada mes, para todos los meses excepto:
| Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 30 de cada mes, para todos los meses excepto:
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Modelo 303 y 309 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero y del 1 al 15 de abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 30 de enero y del 1 al 20 de abril, julio y octubre
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Modelos 410 y 411 | 1 al 28 de julio | 1 al 31 de julio |
Modelo 490 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero, abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación durante los meses de enero, abril, julio y octubre
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Modelo 560 | Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del mes siguiente en que se han producido los devengos, excepto:
| Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 20 del mes siguiente en que se han producido los devengos, excepto:
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Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre
Obligación anual: 1 al 15 de abril
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre
Obligación anual: 1 al 21 de abril
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Modelos 561, 562 y 563 | Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes:
Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre
| Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 20 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes:
Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre
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Modelos 566 y 581 | Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del mes siguiente en que se han producido los devengos excepto:
| Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 20 del mes siguiente en que se han producido los devengos excepto:
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Modelo 583 | Pagos fraccionados Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de febrero, mayo, septiembre y noviembre, respecto de los correspondientes a los 3, 6, 9 y 12 meses del año natural
Para empresas con pago fraccionado único 1 al 17 de noviembre Autoliquidación anual 2024 Con carácter general: domiciliación de 1 al 25 de noviembre 1 al 26 de noviembre | Pagos fraccionados Con carácter general: presentación 1 al 20 de febrero, mayo, septiembre y noviembre, respecto de los correspondientes a los 3, 6, 9 y 12 meses del año natural:
Para empresas con pago fraccionado único 1 al 20 de noviembre Autoliquidación anual 2024 Con carácter general: presentación del 1 al 30 de noviembre 1 de noviembre al 1 de diciembre |
Modelo 587 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre
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Modelo 588 | Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de noviembre 1 al 26 de noviembre | Con carácter general: presentación del 1 al 30 de noviembre 1 de noviembre al 1 de diciembre |
Modelo 589 | Pago fraccionado Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de octubre
Autoliquidación anual 2024 Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de abril 1 al 15 de abril | Pago fraccionado Con carácter general: presentación del 1 al 20 de octubre
Autoliquidación anual 2024 Con carácter general: presentación del 1 al 20 de abril 1 al 21 de abril |
Modelo 592 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre
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Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del mes siguiente en que se han producido los devengos, excepto:
| Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 20 del mes siguiente en que se han producido los devengos, excepto:
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Modelo 593 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero, abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación durante los treinta primeros días naturales de enero, abril, julio y octubre
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Modelo 595 | Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre
| Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre
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Modelo 718 | Autoliquidación anual 2024 1 al 28 de julio | Autoliquidación anual 2024 1 al 31 de julio |
Modelo 792 | Con carácter general: domiciliación del 1 al 23 de febrero (año bisiesto 24 de febrero) Autoliquidación anual 2024 1 al 25 de febrero | Con carácter general: presentación del 1 al 28 de febrero Autoliquidación anual 2024 1 al 28 de febrero |
Modelo 793 | Pagos a cuenta Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de abril, julio y octubre
| Pagos a cuenta Con carácter general: presentación del 1 al 20 de abril, julio y octubre
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Desde Ecoup Asociados contamos con los medios digitales y el equipo especializado para elaborar tu renta de una forma profesional, personalizada con una comunicación fluida y directa con nuestros clientes atendiendo su situación individual, aplicando las deducciones vigentes para el ejercicio fiscal que garantice el cumplimiento formal optimizando tu tributación
Asesoramiento de tipos de contratos de trabajo con información de bonificaciones y subvenciones que existen.
– Altas y Bajas de trabajadores.
– Nóminas.
– Seguros Sociales (TC1, TC2, etc..)
Listado de Costes del personal, por persona, sección, departamento, total empresa, etc..
Aviso de vencimiento de contratos para su cancelación o renovación.
Finiquitos y documentación para el desempleo de los trabajadores al vencimiento de contrato o despido.
Representación de su empresa ante la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social.
Cumplimentación de los documentos de la Mutua Patronal en casos de accidentes de trabajo.
Contrato de trabajo: Redacción y tramitación INEM/SEPE
– Nóminas: Realización mensual
– Seguros sociales: Confección, tramitación y cargo
– Trabajadores: Altas, bajas y variaciones
– Bajas médicas: Tramitación de parte
– Accidentes: Tramitación de partes
– Finiquito: cálculo
– Elaboración y presentación de las obligaciones trimestrales y anuales Modelo 111 y 190
– Resolución de dudas de ámbito laboral
– Las tarifas se aplicarán de acuerdo con el número de nóminas por empresa u autónomo
– Procesamiento mensual de documentos que afectan la empresa de manera digital a través de la aplicación Difsdoc
– Conciliaciones bancarias por entidad financiera (Norma 43 y extractos en Excel)
– Libros obligatorios contables (diarios, Mayor, balances, pérdidas y ganancias, inversiones, etc.)
– Elaboración y presentación de impuestos trimestrales y anuales relacionados con la empresa
– Elaboración y presentación de libros y cuentas en el registro mercantil
– Las tarifas se aplicarán de acuerdo con el sector y el volumen de documentación
– Alta/ Baja en Agencia tributaria y seguridad social
– Recepción de documentación digitalmente a través de la aplicación Difsdoc
– Elaboración de libros de facturas emitidas, recibidas y bienes de inversión
– Elaboración y presentación de impuestos trimestrales y anuales relacionados con la actividad
– Elaboración y presentación de la Declaración de la Renta
– Las tarifas se aplicarán de acuerdo con el sector y el volumen de documentación
Opcionalmente:
En Gestoria Romero elaboramos todo tipo de documentos técnicos y/o científicos, tales como:
– Informes Periciales de Parte / Judiciales y su ratificación en Juicio
– Dictámenes Periciales Extrajudiciales y Pre Informes Extrajudiciales.
Tambien estamos especializados en la elaboración de informes periciales técnicos de las siguientes especialidades:
– Informes periciales de arquitectura
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– Informes periciales caligraficos,
– Informes periciales empresariales,
– Informes periciales específicos de cada ramo empresarial, moda y complementos, informática, electrónica.
Para ello contamos, y ponemos a disposición de nuestros clientes, a los mejores profesionales y especialistas en cada una de las materias, lo que nos permite garantizar la máxima calidad del servicio y rapidez de respuesta.
BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS DE PRIMER ORDEN
– Prestamos hipotecarios.
– Prestamos personales.
– Líneas de descuento de efectos y efectos en gestión.
– Leasing mobiliario.
– Depósitos a plazo.
– Planes de pensiones.
– Cartera de inversiones.
– Estudios y análisis de riesgo personalizados según sus necesidades.
– Búsqueda de las opciones más beneficiosas del mercad financiero.
– Tramitaciones de Tráfico (matriculaciones, transferencias, bajas, renovaciones permisos de conducir etc…).
– Tramitaciones Transportes (alta en autorizaciones, visados, permisos especiales).
– Tramitaciones en escrituras públicas (Notaria, Comunidad de Madrid, Registros de la Propiedad).
– Tramitaciones de Ayuntamientos (Licencias de apertura , funcionamiento, reclamaciones s/procedimiento específico).
– Tramitación de Subvenciones y ayudas:
Realización de proyectos de gestión y seguimiento en ayudas Estatales, Comunidades autónomas, Ayuntamientos, generadores de proyectos de empresa, creación de empleo, o inversión.
Codificación y procesado de la información contable adaptada al PGC.
Listados anuales y periódicos de los siguientes estados financieros:
Nuestro asesorado puede solicitarnos en cualquier momento información contable de la marcha de su negocio.
El proceso de datos se realizará en los centros de trabajo, por personal técnico, con la periodicidad que garantice su fidelidad según las directrices del cliente.
Los cierres anuales devengaran una partida de suplidos adicional a la cuota corriente.
Peritajes comunes
√ Determinación de adulteración de documentos.
√ Autentificación de firmas.
√ Verificar fotocopias para determinar su no-adulteración.
√ Autentificar escrituras manuales de documentos.
√ Estudio de impresiones de letras de máquinas de escribir.
√ Análisis espectrográfico de tinta.
Los peritos comúnmente son necesitados en análisis de notas de suicidio, testamentos. En algunos casos la Justicia emplea la Grafología cuando se trata de insanía.
Asesoramiento de cualquier duda sobre la normativa de transporte de viajeros por carretera y tráfico, así como del Convenio Colectivo de Transportes.
Confección y tratamiento de escritos de alegaciones, recursos ordinarios de alzada, recursos de reposición y recursos extraordinario de revisión, por sanciones de Transportes y Tráfico.
Tramitación del Visado de Autorizaciones, Habilitaciones de Transporte Escolar, Autorizaciones de Transporte Regular de Uso Especial, Licencias Comunitarias, etc.
Escritos jurídicos dirigidos a cualquier organismo u entidad que vulnere los derechos de nuestros clientes.
Preparación de concursos de transporte, recursos especiales en materia de contratación.
Acuerdo de colaboración con diferentes entidades certificadoras de calidad encargadas de la obtención de los diferentes certificados de calidad y medio ambiente.
Información sobre Concursos Administrativos de Transporte publicados en Boletines Oficiales.
Bases de Datos de Legislación y Normativa e información a petición del cliente.
Cesión del Título de Capacitación profesional.
Realizamos todas las tareas que la Ley de Propiedad Horizontal y la Comunidad de Propietarios atribuyen a los Administradores de Fincas, siempre con el objetivo de ofrecer soluciones que faciliten la vida de la Comunidad, que propicien la convivencia entre los vecinos y que, en suma, revaloricen su inmueble.
Iniciación de Comunidades:
-Constitución de Comunidad, para aquellas fincas que los requieran.
-Legalización del Libro de Actas de la Comunidad.
-Inscripción de la finca en la Delegación de Hacienda correspondiente y realización de los trámites necesarios para conseguir la concesión de su NIF.
Gestión Contable de Comunidades:
-Emisión y gestión de cobro de los recibos mensuales, correspondientes al Presupuesto ordinario como extraordinario. Los recibos en gestión de cobro bancario son enviados al banco a través de Internet, sin ningún gasto por comisiones bancarias para la comunidad.
-Control y pago de todas las obligaciones económicas de la comunidad de carácter periódico y regular, así como otras de carácter excepcional que la Comunidad encomiende a nuestro departamento de administración de fincas y que serán autorizadas por el Presidente de la Comunidad al objeto de mantener un correcto funcionamiento de todos y cada uno de los servicios del inmueble.
-Envío mensual al Presidente de la Comunidad de un extracto contable, detallando los gastos e ingresos realizados durante el mes.
-Liquidación anual de gastos e ingresos, detallando todos los gastos, agrupados por partidas, y distribuidas en función de los correspondientes coeficientes de reparto, y detallando los ingresos por los diferentes conceptos de emisión, con mención de los saldos, individualizados, resultantes, enviando copia a todos los propietarios.
-Elaboración del Presupuesto anual de gastos.
Sabemos que un inmueble bien administrado se revaloriza, por lo que ejercemos un control sobre los gastos con criterio empresarial.
Este servicio es gratuito. Como agencia de seguros facilitamos a nuestros clientes proyectos adecuado a sus necesidades, con alta garantía de cara a su concesión final.
Para el ejercicio de este asesoramiento contamos con los servicios de las compañías de prestigio en el mercado, por lo que podemos proporcionarles un servicio postventa adecuado al momento vivido por su negocio, como por su situación personal (departamento vida, pensiones, etc.).
Pidanos presupuestos sin compromiso y rellene nuestro formulario:
Les ofrecemos nuestros servicios de asesoría jurídica de los siguientes asuntos:
Este servicio por su complejidad en la valoración será motivo de presupuesto aparte. Se realizan administraciones jurídicas de:
El equipo profesional de este despacho posee una amplia experiencia en tramites vinculados a la población extranjera:
– Consultas tributarias aplicables a la empresa.
– Cumplimentación de modelos .
– Planificación de la estrategia fiscal específica.
– Confección de I.R.P.F./Sociedades (según normativa aplicable a la empresa).
– Información de novedades fiscales, así como ventajas y riesgos que indique su contabilidad.
– La representación y defensa ante la inspección de Hacienda de los ejercicios efectuados por Romero Consultoría & Gestoría S.L.
A través de este abono, pretendemos proporcionar a nuestros clientes su correcta administración tributaria y detallar una estrategia fiscal (en base al estudio legal, jurisprudencial y de las resoluciones de la Dirección General de Tributos) particularizada para su empresa, que les permita disminuir la presión fiscal garantizando gracias al control puntual (previo-simultáneo-posterior) haciendo menos gravosa la interpretación / aplicación de una disciplina cambiante y de compleja interpretación.